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Seguro Colectivo de Vida

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  • Muerte

    Muerte por cualquier causa por el valor asegurado

  • Doble indemnización

    Doble indemnización por muerte accidental

  • Triple indemnización

    Triple indemnización por muerte accidental calificada

  • 50% de Anticipo de la suma asegurada

    50% de Anticipo de la suma asegurada por invalidez total y permanente. El resto en 12 cuotas mensuales y sucesivas.

  • Gastos Funerario

    Gastos Funerarios si fallece el asegurado y su grupo familiar.

  • Beneficios en caso de muerte accidental

    La compañía pagará a los beneficiarios el DOBLE de la suma asegurada, constituida por la suma asegurada del seguro básico más la suma asegurada del beneficio de accidentes, edad máxima de permanencia 70 años. Este beneficio da lugar a dos formas de indemnización:

    Una indemnización a los beneficiarios del asegurado en caso de muerte accidental.
    Una indemnización al propio asegurado en caso de incapacidad total y permanente.

    Cobertura por muerte accidental y/o lesiones causadas por armas: en caso de que un asegurado falleciera y/o sufriera lesiones a consecuencia de arma de fuego, armas corto punzantes, artefactos explosivos y/o incendiarios.

  • Beneficios en caso de muerte accidental especial

    Cobertura por muerte accidental especial: en caso de que un asegurado falleciera a consecuencia de un accidente calificado como “especial”, la compañía pagará a los beneficiarios el TRIPLE de la suma asegurada, si ocurriera en cualquiera de las siguientes circunstancias:

    Mientras el asegurado se encuentre viajando como pasajero de un vehículo público no aéreo propulsado mecánicamente y operado por una empresa de transporte público que con regularidad preste servicio de pasajeros en una ruta establecida a base de alquiler, pero no en el momento de tratar de abordar o descender de dicho vehículo.

    Mientras el asegurado se conduzca como pasajero de un ascensor, con excepción de ascensores de minas o de edificios en construcción.

    A consecuencia de incendio de un teatro, hotel o cualquier otro edificio en el cual el asegurado se encuentre al principio del incendio pero que no sea donde el asegurado trabaje.

  • Anticipo de suma asegurada

    En caso de invalidez total y permanente del asegurado a consecuencia de enfermedad o accidente, la compañía pagará la suma asegurada con un anticipo del 50% de la suma asegurada y el otro restante en 12 cuotas mensuales sucesivas o si lo prefiere en un solo pago.

  • Beneficios de gastos funerarios

    Mediante esta cobertura, en caso de fallecimiento de un asegurado, el contratante podrá entregar a la familia del asegurado la cantidad.
    Gastos Funerarios para el Cónyuge, e hijos solteros menores de 23 años pagaderos de forma anual en cada caso.

Las Condiciones Generales de cualquier Seguro de Vida Colectivo MAPFRE están destinadas a detallar los términos en los que se contrata cualquier tipo de Cobertura, así como el contenido de las mismas y las condiciones en las cuales se determina dicha contratación.
Condiciones generales de seguro colectivo de vida PDF (66 KB)

Datos del contratante o solicitante

  • Razón social
  • Giro de la empresa
  • Actividad que realizan
  • Ubicación (Dirección, tel. fax. Correo electrónico)
  • Datos sobre el seguro

  • Listados del personal con fechas de nacimiento
  • Ocupación
  • Dispersión de sumas aseguradas
  • Coberturas solicitadas
  • Forma de pago
  • ¿Quién pagará el seguro?
  • Información adicional

    Información cuando ya poseen el seguro:

    • Monto pagado por la actual aseguradora en concepto de reclamos, en los 3 últimos períodos, número de casos, causas, montos indemnizados pagados y/o pendientes o en trámite.
    • Indicar sumas aseguradas: Suma fija, por categoría, clases, salarios,etc. (Si es por salarios deberá indicar el número de veces del salario y anexar listados del personal con fechas de nacimiento y salarios).
    • Quienes pagan el seguro, el empleado, el Contratante o ambos.

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