Seguro Colectivo de Vida
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Coberturas
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Muerte
Muerte por cualquier causa por el valor asegurado
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Doble indemnización
Doble indemnización por muerte accidental
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Triple indemnización
Triple indemnización por muerte accidental calificada
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50% de Anticipo de la suma asegurada
50% de Anticipo de la suma asegurada por invalidez total y permanente. El resto en 12 cuotas mensuales y sucesivas.
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Gastos Funerario
Gastos Funerarios si fallece el asegurado y su grupo familiar.
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Beneficios en caso de muerte accidental
La compañía pagará a los beneficiarios el DOBLE de la suma asegurada, constituida por la suma asegurada del seguro básico más la suma asegurada del beneficio de accidentes, edad máxima de permanencia 70 años. Este beneficio da lugar a dos formas de indemnización:
Una indemnización a los beneficiarios del asegurado en caso de muerte accidental.
Una indemnización al propio asegurado en caso de incapacidad total y permanente.
Cobertura por muerte accidental y/o lesiones causadas por armas: en caso de que un asegurado falleciera y/o sufriera lesiones a consecuencia de arma de fuego, armas corto punzantes, artefactos explosivos y/o incendiarios.
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Beneficios en caso de muerte accidental especial
Cobertura por muerte accidental especial: en caso de que un asegurado falleciera a consecuencia de un accidente calificado como “especial”, la compañía pagará a los beneficiarios el TRIPLE de la suma asegurada, si ocurriera en cualquiera de las siguientes circunstancias:
Mientras el asegurado se encuentre viajando como pasajero de un vehículo público no aéreo propulsado mecánicamente y operado por una empresa de transporte público que con regularidad preste servicio de pasajeros en una ruta establecida a base de alquiler, pero no en el momento de tratar de abordar o descender de dicho vehículo.
Mientras el asegurado se conduzca como pasajero de un ascensor, con excepción de ascensores de minas o de edificios en construcción.
A consecuencia de incendio de un teatro, hotel o cualquier otro edificio en el cual el asegurado se encuentre al principio del incendio pero que no sea donde el asegurado trabaje.
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Anticipo de suma asegurada
En caso de invalidez total y permanente del asegurado a consecuencia de enfermedad o accidente, la compañía pagará la suma asegurada con un anticipo del 50% de la suma asegurada y el otro restante en 12 cuotas mensuales sucesivas o si lo prefiere en un solo pago.
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Beneficios de gastos funerarios
Mediante esta cobertura, en caso de fallecimiento de un asegurado, el contratante podrá entregar a la familia del asegurado la cantidad.
Gastos Funerarios para el Cónyuge, e hijos solteros menores de 23 años pagaderos de forma anual en cada caso.
Condiciones
Condiciones generales de seguro colectivo de vida PDF (66 KB)
Beneficios y Ventajas
Producto creado para las Empresas
Producto creado para las Empresas que desean otorgar como prestación a sus empleados este seguro de vida.
Respaldo y garantía
Respaldo y garantía de pago en caso de fallecimiento.
Producto enfocado
Producto enfocado a todos los niveles socioeconómicos.
Producto enfocado
Producto enfocado a aquellas personas que tienen liquidez media.
Producto enfocado
Producto enfocado a aquellas personas que tienen la responsabilidad de pensar por su familia.
Precios accesibles
Precios accesibles para empresas.
Condiciones de pago
Condiciones de pago adecuado a tus necesidades.
Seguro de Vida es mundial
El seguro de Vida es mundial, es decir si la persona fallece fuera del país hay cobertura.
Requisitos y Restricciones
Datos del contratante o solicitante
Datos sobre el seguro
Información adicional
Información cuando ya poseen el seguro:
- Monto pagado por la actual aseguradora en concepto de reclamos, en los 3 últimos períodos, número de casos, causas, montos indemnizados pagados y/o pendientes o en trámite.
- Indicar sumas aseguradas: Suma fija, por categoría, clases, salarios,etc. (Si es por salarios deberá indicar el número de veces del salario y anexar listados del personal con fechas de nacimiento y salarios).
- Quienes pagan el seguro, el empleado, el Contratante o ambos.
Tramitación de reclamos
- La póliza de Seguro de Vida y en caso de Seguro colectivo, el Certificado de seguro
- Formulario de:
- Certificación de partida de nacimiento del asegurado.
- Certificación de la partida de defunción del asegurado.
- Fotocopia legible del Documento Único de Identidad (DUI) del asegurado.
- Certificación del reconocimiento del cadáver, si la muerte fue accidental o violenta.
- Certificación de Parte Policial, si la muerte ocurre en accidente de tránsito.
- Fotocopia de DUI de beneficiario(s) mayor(es) de 18 años de edad.
- Certificación de la partida de nacimiento de beneficiarios(s) menor(es) de 18 años (no más de 3 meses de antigüedad) y documento de representación e identidad del Representante Legal.
- Certificación de partida de defunción de beneficiarios(s) fallecidos (s).
- Copia de DUI del Representante Legal de la Institución (Solo seguro de deuda).
- Copia de NIT de la Institución (Solo seguro de deuda).
- Constancia del saldo adeudado a la fecha de fallecimiento (Solo seguro de deuda).
- Fotocopias legibles de DUI de los testigos (formulario 1 y 3).
Documentación necesaria para tramitar reclamos de gastos funerarios beneficiarios (Cónyuge e hijos).
- Formulario Gastos Funerarios.
- Certificación de Partida de Nacimiento del Beneficiario.
- Certificación de Partida de Defunción del Beneficiario.
- Original y copia de DUI del asegurado.
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