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Fianza de Oferta

Es un tipo de Fianza que garantiza al beneficiario la seriedad de la propuesta de oferta presentada por el fiador, manteniendo los precios, la calidad y el tiempo; de acuerdo a las especificaciones del concurso o licitación pública.

O si lo prefieres llámanos al

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Persona Jurídica:

  • Llenar completamente solicitud de fianza
  • Fotocopia de la Matrícula de comercio vigente
  • Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad inscrita en el Registro
  • Fotocopia de Credencial de Representante Legal
  • Fotocopia de Nómina de Junta Directiva
  • Fotocopia de Nomina de accionistas y sus números de NIT
  • Fotocopia del último Balance General, con sus anexos, debidamente auditado.(31/12/13)
  • Fotocopia del último Estado de Resultados con sus anexos, debidamente auditado. (31/12/13).
  • Fotocopia de DUI del Representante Legal.
  • Fotocopia de la Tarjeta de Contribuyente (IVA)
  • NIT de la sociedad (fotocopia)
  • NIT del representante legal de la sociedad

Persona Natural:
 

  • Llenar completamente solicitud de fianza
  • Fotocopia de NIT
  • Fotocopia de DUI
  • Referencias Bancarias (2)
  • Referencias personales o comerciales (2)
  • Constancia de Ingresos si es empleado
  • Declaración del IVA de los últimos tres meses
  • Declaración de la Renta del último ejercicio
  • Copia de matrícula de comercio vigente si está inscrito en el CNR
  • (Se presenta copia de todos los documentos)
    • Cartel de Licitación o Carta de Invitación
    • Formato de fianza si lo hubiere.
    • Toda persona natural o jurídica a la que se haya otorgado una fianza, está obligada a devolver a la compañía las fianzas vencidas, ya que forman parte del cupo de riesgo que se le ha autorizado.
    • Las fianzas vencidas pero no devueltas por el fiado, se considerarán parte del cúmulo de riesgo autorizado, por lo cual no se le emitirá una nueva fianza sino devuelve algunas de las pendientes para restituir el cupo de riesgo pre aprobado.
    • Se procederá a establecer el detalle de las fianzas emitidas por cada cliente detallándole las fianzas vencidas, vigentes y canceladas, con el propósito de iniciar el trámite de recuperación de dichos documentos.
    • Las fianzas prescriben después de tres años de su vencimiento.

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